ME DEBEN DINERO ¿COMO COBRO MI DEUDA Y EVITO QUE PRESCRIBA?

Las deudas y obligaciones contraídas desde el 7 de octubre de 2005 al 7 de octubre de 2015 prescriben el próximo 7 de octubre de 2020. Las nacidas a partir del 7 de octubre de 2015 prescriben a los 5 años.

La Ley 42/2015 de 5 de octubre modificó el plazo de prescripción para todo tipo de deuda personal, facturas impagadas, rentas de alquiler, entregas a cuenta, reclamación de daños y perjuicios y a todas aquellas acciones personales que no tengan un plazo especial de prescripción.

Envíe a su deudor un burofax con certificado de texto y acuse de recibo para interrumpir el plazo de caducidad de la deuda firmado por uno de nuestros Letrados especializados, EVITANDO PERDER SU DERECHO DE COBRO, la forma de redacción es importante, su firmeza y buena fundamentación jurídica muchas veces conlleva la solución del problema.

Existe además un procedimiento judicial ágil y específico para el cobro de morosos, el proceso MONITORIO.

CONSULTA TU CASO CONCRETO con nuestra sección especializada en RECOBRO DE DEUDAS de particulares o empresas en nuestros despachos de A Coruña, Santiago y Ferrol. Posibilidad de consulta por videoconferencia o telefónica. Nuestras delegaciones operan durante la alarma en sede virtual .

Debes saber que es altamente probable que el deudor asuma finalmente las costas del procedimiento PRESUPUESTO ADAPTADO TUS CIRCUNSTANCIAS, POSIBILIDAD DE FINANCIACIÓN.

SANTIAGO DE COMPOSTELA : teléfono 981. 57.51.52
LA CORUÑA: 981.23.73.19
FERROL:    teléfono 981. 90.20.20

TRAS EL ESTADO DE ALARMA EL MISMO REANUDAMOS NUESTRAS CONSULTAS FÍSICAS EN NUESTROS DESPACHOS DE A CORUÑA, SANTIAGO Y FERROL.

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